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Marco normativo actual

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión s/ RD 842/2002

La creciente inquietud del sector por mejorar la seguridad en las instalaciones eléctricas de las viviendas, ha llevado al Ministerio de Industria a través del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, REBT, a implementar un programa de inspecciones periódicas.

 

Dichas inspecciones quedan recogidas en la ITC-BT 05 punto 4.2, especificando:

“Serán objeto de inspecciones periódicas (...),  y cada 10 años las comunes de edificios de viviendas de potencia instalada superior a 100 kW”.

 

Inicialmente estas instalaciones eléctricas fueron concebidas para niveles de consumo inferiores al actual, pero ya no garantizan el nivel de prestaciones que en estos momentos se requiere (aire acondicionado, electrodomésticos, etc.).

 

Sus condiciones de seguridad son, en muchas ocasiones, precarias y repercuten negativamente en el nivel de confort de los usuarios.

Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones s/RD 346/2011

Desde 2011, el Reglamento de Infraestructura Común de Telecomunicaciones contempla edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos, o deban acogerse, al régimen de propiedad horizontal regulado por la ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.

 

Las instalaciones de telecomunicación tienen la categoría de elementos comunes que deben estar correctamente mantenidas por la propiedad. Deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que satisfagan los requisitos básicos de funcionalidad.

 

Tal como se define en el anexo IV del reglamento, en los edificios sometidos a inspección técnica, ITE, (Edificios de más de 30 años de antigüedad) será obligatorio inspeccionar el estado de las infraestructuras comunes de telecomunicación y garantizar el correcto mantenimiento por parte de la propiedad. Es potestad de los ayuntamientos hacer cumplir dichas inspecciones técnicas.